(mvc, Málaga, España). El Comité Europeo de Organismos Europeos de Supervisión de Auditoría (CEAOB), ha aprobado unas guías sobre la duración del encargo de auditoría. Si quieres acceder al legajo en inglés, clickea AQUÍ. Las guías recogen orientaciones en relación con determinados aspectos derivados de los artículos 17 y 41 del Reglamento (UE) nº 537/2014, del Parlamento Europeo, de 16 de abril, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público.
Según el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), se abordan aspectos entre los que destacan los siguientes cómo calcular la duración del encargo y cómo debe considerarse a la red del auditor a este respecto; cómo debe considerarse la duración del encargo e implementar la obligación de rotación en el caso de auditorías de grupos; las condiciones para aplicar las posibilidades de extensión de la duración máxima inicial del encargo o los criterios para determinar cuándo una entidad adquiere la condición de Entidad de Interés Público.
También se acometen otros aspectos, como pueden ser las condiciones para la rotación del socio clave de auditoría, del revisor de control de calidad y de otro personal; cómo afectan las fusiones y las adquisiciones al cómputo de la duración del encargo a efectos de la obligación de rotación y aspectos relativos a la aplicación de las provisiones transitorias contempladas en el artículo 41 del mencionado Reglamento. Fuente de la información: CEAOB e ICAC. Fuente de la imagen. encabezado del documento.