sábado, 19 de septiembre de 2026

Justicia Fiscal en Código Algorítmico

Fuente de la imagen: mvc realizada con el recurso notebook
¿Cómo transforma la Inteligencia Artificial el Derecho Tributario?

La irrupción de las técnicas de analítica masiva de datos (Big Data) y del aprendizaje automático (Machine Learning) está redefiniendo de forma estructural las metodologías de aplicación de los tributos y la relación jurídica entre los ciudadanos y la Hacienda Pública. El paso de la comprobación analógica tradicional a esquemas de auditoría continua y prevención automatizada plantea importantes retos técnicos, pero sobre todo amplios debates jurídicos.

En esta entrada presentamos el vídeo tutorial de Velasco-Carretero (2026) titulado “La Inteligencia Artificial frente al Derecho Tributario”, basado en el texto Justicia en Código: La IA frente al Derecho Tributario (Velasco, 2026), sobre las aplicaciones prácticas de la tecnología en la gestión fiscal, el marco normativo aplicable y la protección de los derechos fundamentales del contribuyente.


1. El arsenal tecnológico de la Administración Tributaria

El tutorial examina cómo la administración utiliza la tecnología en dos vertientes principales:

  • Servicios de información y asistencia: Sistemas interactivos basados en procesamiento de lenguaje natural para fomentar el cumplimiento voluntario, como la Administración Digital Integral (ADI) en España o la plataforma OrientaSAT en México.
  • Plataformas de análisis de riesgo y control del fraude: Análisis del ecosistema informático de la Hacienda Pública. El tutorial desglosa el funcionamiento de herramientas clave como ZÚJAR (repositorio central de datos), HERMES (trazado de vectores de riesgo), TESEO (análisis de redes complejas), PROMETEO, DÉDALO, INFONOR y ELECTRA, así como modelos de control de la cadena de información como TicketBAI en el País Vasco.

2. Marco legal: ¿Puede un algoritmo emitir una resolución tributaria?

Uno de los puntos jurídicos abordados es la distinción que realiza la Ley General Tributaria (LGT) entre dos categorías de intervención telemática:

  • Actuaciones automatizadas instrumentales (Art. 96.3 LGT): Trámites puramente administrativos (como la verificación de certificados o la emisión de justificantes), que solo requieren la identificación de la Administración actuante.
  • Actos resolutorios automatizados o contestación automatizada (Arts. 96.3 y 100.2 LGT): Decisiones que ponen fin a un procedimiento emitidas íntegramente por software. La norma exige para su validez una habilitación explícita mediante norma reglamentaria, la identificación de los órganos responsables de la supervisión del sistema y la aprobación previa de las aplicaciones utilizadas.

3. Transparencia, "Caja Negra" y garantías del contribuyente

El vídeo observa en los riesgos éticos y constitucionales derivados del sesgo y la opacidad en los modelos algorítmicos complejos (black box). Se analizan precedentes jurisprudenciales internacionales como la anulación del sistema de perfilado SyRI en Países Bajos por violar la privacidad y generar discriminación, así como el caso Loomis en Estados Unidos.

Frente al riesgo de indefensión, se defiende la vigencia del deber de motivación individualizada de las liquidaciones y comprobaciones fiscales (Arts. 102 y 103 LGT), y se evalúan propuestas de reforma como:

  1. La creación de una Autoridad Independiente de Auditoría e Imparcialidad Algorítmica (AAIA) para auditar sesgos antes del despliegue de software fiscal.
  2. El reconocimiento del derecho a la contradicción técnica con suspensión automática de actos sancionadores o liquidaciones sin necesidad de avales.
  3. La publicidad activa de la arquitectura de las aplicaciones tributarias en un registro público.

Visualiza el tutorial completo

Para profundizar en la evolución conceptual de la IA, el régimen de responsabilidad en la planificación fiscal algorítmica y las propuestas de simetría digital para equilibrar la relación tributaria, te invitamos a ver el vídeo completo.