Reforma del Reglamento del Registro Mercantil español

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El Consejo de Ministros de mi país ha aprobado la reforma del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, para completar la transposición de la Directiva 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, en relación a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del derecho de sociedades. La nueva norma aborda diferentes aspectos sobre publicidad e interconexión de los registros centrales, mercantiles y de sociedades de los Estados miembros (EEMM) de la Unión Europea (UE).

Los principales objetivos son asegurar un entorno jurídico y administrativo acorde a los desafíos económicos, sociales y digitales derivados de la globalización, así como fomentar el crecimiento económico, la creación de empleo y la inversión en la UE. Con esta trasposición, los EEMM deben prever[1] un sistema de constitución de las sociedades de capital íntegramente digital, sin necesidad de que los solicitantes comparezcan físicamente ante cualquier autoridad, persona u organismo para tratar aspectos de su creación. Este nuevo procedimiento no supone la exclusión de otros ya contemplados en las legislaciones nacionales.
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[1] En sus respectivos ordenamientos jurídicos.