Ante la previsible inminente aplicación de la nueva contabilidad el uno de enero de 2008 (ver post No estamos para bromas), es interesante que se vaya planificando la transición contable hacia la nueva normativa. De entre los aspectos a tener en cuenta, probablemente será necesario dilucidar si la empresa objeto de estudio puede utilizar (y si le interesa) o no el Plan General de Pymes, ya que su aplicación es opcional para las entidades que cumplan determinadas condiciones (art. 175 del TRLSA, art. 2 del Borrador del Proyecto de RD de PGC de Pymes y los criterios contables específicos para microempresas), pero una vez decidido aplicar el PGC para Pymes o el PGC normal, parece ser que deberá mantenerse de forma continuada esta elección, como mínimo durante tres ejercicios contables. Interesante el artículo de Domingo Nevado en el número 243 de octubre (páginas 22 a 40), de la revista Estrategia Financiera: Diferencias entre el PGC y el PGC de Pymes. Tags blogalaxia: contabilidad normativa empresa - Technorati:contabilidad normativaempresa