Se suprime el requisito de que los valores transmitidos o la materialización en valores representen participaciones en entidades en las que más de la mitad de su activo esté constituido por elementos del inmovilizado material, inmaterial o valores aptos. Este requisito limitaba mucho la posibilidad de utilizar el incentivo fiscal. Se limita proporcionalmente la aplicación de la deducción cuando los valores transmitidos o los valores en que los que se materialice la reinversión sean representativos de entidades que tengan en su activo más de un 15% de activos no afectos. Ese porcentaje se determinará, en principio, con valores contables, excepto que el sujeto pasivo decida determinarlo según los valores de mercado de los elementos del activo. Tags blogalaxia: contabilidad normativa empresa - Technorati:contabilidad normativaempresa