Fuente de la imagen: portada del BOE |
Lo anterior obliga que las modificaciones legales deban de acompañarse de determinadas medidas organizativas y operativas que[2] la sitúen al nivel de los países más avanzados. En particular, se deben concentrar esfuerzos en el control de los contribuyentes con grandes patrimonios, así como en sus entornos societarios y familiares, a fin de favorecer el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias mediante la creación de una unidad central de coordinación de dichas actuaciones de control. La normativa contiene modificaciones en diversas normas, principalmente en materia tributaria para proceder a la incorporación del Derecho de la Unión Europea al ordenamiento interno en el ámbito de las prácticas de elusión fiscal y para introducir cambios en la regulación dirigidos a asentar unos parámetros de justicia tributaria y facilitar las actuaciones tendentes a prevenir y luchar contra el fraude reforzando el control tributario. Fuente de la información y de la imagen. BOE.
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[1] BOE núm. 164, de 10 de julio de 2021 https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/10/pdfs/BOE-A-2021-11473.pdf Sitio visitado el 10/07/2021.
[2] Adecuando a la Administración Tributaria del Estado, esto es, Agencia Tributaria, Dirección General de Tributos y Tribunales Económico-Administrativos, al contexto económico.