sábado, 8 de diciembre de 2007

Existencias en el NPGC

Elementos con los que cuenta la empresa para ser vendidos en el curso normal de la explotación, se encuentren en proceso de producción o bien en forma de materiales para ser consumidos en dicho proceso o en la prestación de servicios. 

Una cuenta que recoja existencias que, de acuerdo con lo establecido en las normas de registro y valoración, formen parte de un grupo enajenable de elementos mantenidos para la venta, se abonará en el momento en que se cumplan las condiciones para su clasificación con cargo a la respectiva cuenta del subgrupo 58.

Estos bienes se integran dentro del Grupo 3 Existencias. En función de la clasificación de dichos bienes, se registrarán contablemente en un subgrupo u otro de los que forman este grupo, para lo cual expresamos cada uno de ellos, con las cuentas que los desarrollan, así como la definición y movimientos de las mismas. Finalmente se expresará la valoración de estos bienes y servicios según la norma 10ª, incluyendo ejemplos que clarifiquen la misma.

30 “COMERCIALES”
300 “Mercaderías A”
301 “Mercaderías B”
(Imagen incorporada posteriormente; fuente: pixabay).