¿Actualización de los activos?

Puede que, finalmente, el Ministerio de Economía español dé su brazo a torcer y permita a las empresas “actualizar” (que no “aplicar” el valor razonable), sin coste fiscal la valoración de sus activos. Por lo visto, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) concluye el régimen transitorio para la aplicación de la reforma contable a partir del uno de enero de 2008. 

Algunos de nosotros teníamos “dudas razonables” acerca de la libertad de aplicación del “valor razonable”, aunque albergábamos una tímida esperanza de que se publicara alguna que otra normativa en la línea de la actualización de balances, sobre todo, porque los valores contables del patrimonio de determinados sectores, como el inmobiliario, se encuentran muy por debajo de sus valores reales y, claro, si no se permite aplicar el valor razonable pues, ¡santas pascuas! 

Parece que las empresas podrán realizar el próximo año una actualización de los valores de sus activos inmobiliarios. En resumen, aunque se hable de “actualizar” y no de “razonar”, es una buena noticia (imagen incorporada posteriormente; fuente: pixabay).